/ viernes 8 de julio de 2022

Recaudación por arriba de lo programado

La recaudación federal participable (RFP) al mes de junio de 2022, resulta mayor a la observada en el mismo periodo de un año antes.

Al observar el comportamiento de la recaudación federal participable (RFP) al mes de junio de 2022, resulta mayor a la observada en el mismo periodo de un año antes, lo que significa que no se ha tenido que recurrir al FEIEF, lo que permite un respiro para el futuro de las finanzas estatales y municipales, tienen que mejorar su recaudación de ingresos propios y gastar con prudencia los recursos de origen federal que reciben.

Como sabemos, la RFP es desde la creación del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, base para determinar las participaciones de cada entidad federativa, determinados lo conceptos que la conforman. En el caso del Ramo 28 no hay vuelta de hoja, no así en algunos fondos del Ramo 33; las aportaciones, por ejemplo, solo están referenciadas a la RFP. En el caso de las participaciones, si la RFP sube, las mismas suben o viceversa; sin embargo, en el segundo caso, el de las aportaciones, solo es referencia para la integración del Presupuesto. Se dio un caso en el que incluso recibieron “el ajuste de la tijera” a fines de la década de los años noventa. ¿Por qué nunca pierden su naturaleza de recursos federales, aunque en 1998 se decía que “deberían registrarlos como recursos propios para fines de sus cuentas públicas”, cuando no lo eran?

Lo anterior, porque la inclusión del Ramo 33 en la Ley de Coordinación Fiscal se consideró un pegote en la misma, lo que no se ha podido corregir creando una Ley de Coordinación Hacendaria, que incluya también el gasto, no solo los ingresos. Hay ya proyectos desde hace tiempo al respecto, incluso desde antes de la Convención Nacional Hacendaria de 2004, donde se fragmentó un proyecto que la UCEF y algunos legisladores, particularmente senadores prepararon, pero como el papel del Congreso fue limitado, no prosperó.

La RFP se integra al esfuerzo recaudatorio del gobierno central, por supuesto, en un tiempo el peso mayor lo tenían los ingresos petroleros, pero ya no es así. Es redundante decir que la mayoría de los gobiernos subnacionales son parcos en materia recaudatoria, reconociendo las pocas facultades y las desigualdades en los niveles de desarrollo interestatales.

Por otro lado, ha habido por lo menos dos cambios fundamentales en las fórmulas de distribución de participaciones: la de 1990 y la de 2008: la primera logró beneficios por lo menos para 26 estados y para los que no, creó dos reservas, una de contingencia y otra de compensación, que fue redistributiva y además estimuló el esfuerzo recaudatorio local. Destaca que fue muy participativa, once reuniones nacionales.

La segunda fue la de 2007 para 2008, que fundamentalmente dio lugar a que hoy se repartan los recursos por población domiciliada, lo cual es regresivo para los que no “ganan”, al ponderar los factores de la misma, por el coeficiente poblacional. Aquí hubo ganadores por supuesto, y perdedores, pero ya no se creó un mecanismo adicional de compensación.

Auditor Superior de la Federación.

La recaudación federal participable (RFP) al mes de junio de 2022, resulta mayor a la observada en el mismo periodo de un año antes.

Al observar el comportamiento de la recaudación federal participable (RFP) al mes de junio de 2022, resulta mayor a la observada en el mismo periodo de un año antes, lo que significa que no se ha tenido que recurrir al FEIEF, lo que permite un respiro para el futuro de las finanzas estatales y municipales, tienen que mejorar su recaudación de ingresos propios y gastar con prudencia los recursos de origen federal que reciben.

Como sabemos, la RFP es desde la creación del Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, base para determinar las participaciones de cada entidad federativa, determinados lo conceptos que la conforman. En el caso del Ramo 28 no hay vuelta de hoja, no así en algunos fondos del Ramo 33; las aportaciones, por ejemplo, solo están referenciadas a la RFP. En el caso de las participaciones, si la RFP sube, las mismas suben o viceversa; sin embargo, en el segundo caso, el de las aportaciones, solo es referencia para la integración del Presupuesto. Se dio un caso en el que incluso recibieron “el ajuste de la tijera” a fines de la década de los años noventa. ¿Por qué nunca pierden su naturaleza de recursos federales, aunque en 1998 se decía que “deberían registrarlos como recursos propios para fines de sus cuentas públicas”, cuando no lo eran?

Lo anterior, porque la inclusión del Ramo 33 en la Ley de Coordinación Fiscal se consideró un pegote en la misma, lo que no se ha podido corregir creando una Ley de Coordinación Hacendaria, que incluya también el gasto, no solo los ingresos. Hay ya proyectos desde hace tiempo al respecto, incluso desde antes de la Convención Nacional Hacendaria de 2004, donde se fragmentó un proyecto que la UCEF y algunos legisladores, particularmente senadores prepararon, pero como el papel del Congreso fue limitado, no prosperó.

La RFP se integra al esfuerzo recaudatorio del gobierno central, por supuesto, en un tiempo el peso mayor lo tenían los ingresos petroleros, pero ya no es así. Es redundante decir que la mayoría de los gobiernos subnacionales son parcos en materia recaudatoria, reconociendo las pocas facultades y las desigualdades en los niveles de desarrollo interestatales.

Por otro lado, ha habido por lo menos dos cambios fundamentales en las fórmulas de distribución de participaciones: la de 1990 y la de 2008: la primera logró beneficios por lo menos para 26 estados y para los que no, creó dos reservas, una de contingencia y otra de compensación, que fue redistributiva y además estimuló el esfuerzo recaudatorio local. Destaca que fue muy participativa, once reuniones nacionales.

La segunda fue la de 2007 para 2008, que fundamentalmente dio lugar a que hoy se repartan los recursos por población domiciliada, lo cual es regresivo para los que no “ganan”, al ponderar los factores de la misma, por el coeficiente poblacional. Aquí hubo ganadores por supuesto, y perdedores, pero ya no se creó un mecanismo adicional de compensación.

Auditor Superior de la Federación.