/ martes 1 de septiembre de 2020

SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PENSIONES Y ALGO MÁS…

Ley 97

Si eres de los trabajadores que empezaron a trabajar con seguro social a partir del 1 de julio de 97 perteneces al régimen de la nueva ley 97 o cuentas individuales conocido como afores. Este régimen representa el 60% de los trabajadores activos del país, de hecho, el próximo año se pensionara la primera generación de este régimen.


¿QUÉ ES LA LEY 97?

El 1ro de Julio de 1997 entro en vigor una reforma del seguro social, entre sus reformas más representativas son: la privatización de las pensiones, el nacimiento de las afores y la cuenta individual, los requisitos para tener derecho a una pensión se modificaron así como la manera calcular la pensión en sus diversas modalidades.


SI ERES TRABAJADOR LEY 97 TE PUEDES PENSIONAR ANTES DE LOS 60 AÑOS

Un trabajador que cotiza bajo la ley 97 se puede pensionar antes de los 60 años, a esto se le conoce como retiro anticipado. Para tener derecho a esta modalidad aparte de reunir las semanas que te pide la ley, mínimo 1250 semanas, debes de tener recursos suficientes en la cuenta individual para solventar el costo del seguro de renta vitalicia, seguro de sobrevivencia más un 30% más.


¿QUÉ ES EL MONTO CONSTITUTIVO?

Es el costo fijado por una aseguradora para financiar una renta vitalicia, comprende aparte de la cuantía de la pensión del asegurado un seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios (conyugue, hijos, padres). Dependiendo del tipo de pensión es el costo de la renta vitalicia, ejemplo una persona que se pensiona por cesantía el costo de la renta vitalicia es de unos 745 mil pesos si la persona tiene conyugue el costo aumenta en proporción de la edad del conyugue.


¿QUÉ PASA CON LOS RECURSOS DE INFONAVIT SI NO HAGO USO DE MI CRÉDITO?

Cuando se pensiona bajo el régimen 97 estos recursos se suman a los recursos de retiro cesantía y vejez para incrementar el monto de la pensión.


RENTA VITALICIA

La renta vitalicia es el pago mensual (pensión) que hace una aseguradora a un cliente (asegurado o beneficiario) en virtud de haber contratado con ellos una renta vitalicia. En esta modalidad el afiliado o beneficiario contrata a una compañía de seguros (cumpliendo previamente los requisitos de una pensión ley 97) trasfiriendo el saldo acumulado de cuenta individual para solventar el costo del monto constitutivo de la renta vitalicia, si el trabajador no cuenta con los recursos suficientes para solventar el costo, el gobierno está obligado a poner los recursos faltantes.

Ley 97

Si eres de los trabajadores que empezaron a trabajar con seguro social a partir del 1 de julio de 97 perteneces al régimen de la nueva ley 97 o cuentas individuales conocido como afores. Este régimen representa el 60% de los trabajadores activos del país, de hecho, el próximo año se pensionara la primera generación de este régimen.


¿QUÉ ES LA LEY 97?

El 1ro de Julio de 1997 entro en vigor una reforma del seguro social, entre sus reformas más representativas son: la privatización de las pensiones, el nacimiento de las afores y la cuenta individual, los requisitos para tener derecho a una pensión se modificaron así como la manera calcular la pensión en sus diversas modalidades.


SI ERES TRABAJADOR LEY 97 TE PUEDES PENSIONAR ANTES DE LOS 60 AÑOS

Un trabajador que cotiza bajo la ley 97 se puede pensionar antes de los 60 años, a esto se le conoce como retiro anticipado. Para tener derecho a esta modalidad aparte de reunir las semanas que te pide la ley, mínimo 1250 semanas, debes de tener recursos suficientes en la cuenta individual para solventar el costo del seguro de renta vitalicia, seguro de sobrevivencia más un 30% más.


¿QUÉ ES EL MONTO CONSTITUTIVO?

Es el costo fijado por una aseguradora para financiar una renta vitalicia, comprende aparte de la cuantía de la pensión del asegurado un seguro de sobrevivencia para sus beneficiarios (conyugue, hijos, padres). Dependiendo del tipo de pensión es el costo de la renta vitalicia, ejemplo una persona que se pensiona por cesantía el costo de la renta vitalicia es de unos 745 mil pesos si la persona tiene conyugue el costo aumenta en proporción de la edad del conyugue.


¿QUÉ PASA CON LOS RECURSOS DE INFONAVIT SI NO HAGO USO DE MI CRÉDITO?

Cuando se pensiona bajo el régimen 97 estos recursos se suman a los recursos de retiro cesantía y vejez para incrementar el monto de la pensión.


RENTA VITALICIA

La renta vitalicia es el pago mensual (pensión) que hace una aseguradora a un cliente (asegurado o beneficiario) en virtud de haber contratado con ellos una renta vitalicia. En esta modalidad el afiliado o beneficiario contrata a una compañía de seguros (cumpliendo previamente los requisitos de una pensión ley 97) trasfiriendo el saldo acumulado de cuenta individual para solventar el costo del monto constitutivo de la renta vitalicia, si el trabajador no cuenta con los recursos suficientes para solventar el costo, el gobierno está obligado a poner los recursos faltantes.