/ miércoles 7 de octubre de 2020

SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PENSIONES Y ALGO MÁS…

¿Cómo se compone la cuenta individual de un

trabajador que cotiza con seguro social?

Se compone de las siguientes sub ramos:

1. Sar imss e infonavit, este sub ramo contiene las aportaciones

patronales que se hicieron a nombre del trabajador en los

periodos del 92 al 97, si cotizaste en esos años y tu cuenta

individual no enumera alguna cantidad de dinero puedes

solicitar que se te rastree esas aportaciones en la afore

donde te encuentras registrado, es importante que cuentes con

algún comprobante de esas aportaciones de lo contrario

difícilmente se podrá rescatar esos recursos.

2. RCV, retiro cesantía y vejez, este sub ramos contiene las aportaciones obrero patronal gobierno para el retiro del trabajador, todo lo que se empezó a cotizar a partir del 1ro de julio del 97 a la fecha se concentra aquí.

3. Infonavit o vivienda 97, aquí se concentran todas las aportaciones patronales que se hacen a nombre del trabajador para su crédito de infonavit. A diferencia de un trabajador que se pensiona con ley 73 que le regresan el dinero si no ejercer su crédito o tiene un saldo a favor, los recursos de infonavit de un trabajador ley 97 pasan a formar parte de los recursos de RCV para financiar el costo de la renta vitalicia del trabajador.

4. Aportaciones voluntarias. Son aquellas aportaciones que realiza el trabajador, el patrón o ambos de manera voluntaria para complementar la pensión del trabajador.


Sobre la ayuda por desempleo

Es un derecho que tiene el trabajador que dejo de cotizar con seguro social y consiste de poder disponer de manera parcial de los recursos ahorrados en su subcuenta de RCV, pudiendo elegir retirar el equivalente de 30 días de su último salario cotizado, si cuenta con un mínimo de 150 semanas cotizadas, o bien disponer del 11.5% de los recursos de RCV o el equivalente a 90 días de salario, lo que resulte menor, si cuenta con 250 semanas cotizadas.

La ayuda por desempleo esta topado a un monto máximo equivalente a 10 salarios mínimos, $36,966 pesos, se puede ejercer este derecho cada 5 años y se tramita directamente en la afore a partir del día 47 que causo baja.


¿Me afecta realizar ayuda por desempleo?

Los recursos que se acumula en la cuenta individual, es el reflejo de las semanas que se cotizan, en consecuencia cuando se saca recursos de la cuenta individual se descuenta de manera proporcional el número de semanas cotizadas que tomaron crear esos recursos. Si el trabajador lo desea puede regresar los recursos y con ello recuperar las semanas que le habían quitado.


Escríbeme tus dudas: sobrepensiones@gmail.com

Consultas personalizadas previa cita 462 6216461

Sígueme en Facebook: @GYAIRAPUATO

Visita: http://grupoaseguradorgya.com

¿Cómo se compone la cuenta individual de un

trabajador que cotiza con seguro social?

Se compone de las siguientes sub ramos:

1. Sar imss e infonavit, este sub ramo contiene las aportaciones

patronales que se hicieron a nombre del trabajador en los

periodos del 92 al 97, si cotizaste en esos años y tu cuenta

individual no enumera alguna cantidad de dinero puedes

solicitar que se te rastree esas aportaciones en la afore

donde te encuentras registrado, es importante que cuentes con

algún comprobante de esas aportaciones de lo contrario

difícilmente se podrá rescatar esos recursos.

2. RCV, retiro cesantía y vejez, este sub ramos contiene las aportaciones obrero patronal gobierno para el retiro del trabajador, todo lo que se empezó a cotizar a partir del 1ro de julio del 97 a la fecha se concentra aquí.

3. Infonavit o vivienda 97, aquí se concentran todas las aportaciones patronales que se hacen a nombre del trabajador para su crédito de infonavit. A diferencia de un trabajador que se pensiona con ley 73 que le regresan el dinero si no ejercer su crédito o tiene un saldo a favor, los recursos de infonavit de un trabajador ley 97 pasan a formar parte de los recursos de RCV para financiar el costo de la renta vitalicia del trabajador.

4. Aportaciones voluntarias. Son aquellas aportaciones que realiza el trabajador, el patrón o ambos de manera voluntaria para complementar la pensión del trabajador.


Sobre la ayuda por desempleo

Es un derecho que tiene el trabajador que dejo de cotizar con seguro social y consiste de poder disponer de manera parcial de los recursos ahorrados en su subcuenta de RCV, pudiendo elegir retirar el equivalente de 30 días de su último salario cotizado, si cuenta con un mínimo de 150 semanas cotizadas, o bien disponer del 11.5% de los recursos de RCV o el equivalente a 90 días de salario, lo que resulte menor, si cuenta con 250 semanas cotizadas.

La ayuda por desempleo esta topado a un monto máximo equivalente a 10 salarios mínimos, $36,966 pesos, se puede ejercer este derecho cada 5 años y se tramita directamente en la afore a partir del día 47 que causo baja.


¿Me afecta realizar ayuda por desempleo?

Los recursos que se acumula en la cuenta individual, es el reflejo de las semanas que se cotizan, en consecuencia cuando se saca recursos de la cuenta individual se descuenta de manera proporcional el número de semanas cotizadas que tomaron crear esos recursos. Si el trabajador lo desea puede regresar los recursos y con ello recuperar las semanas que le habían quitado.


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