/ martes 16 de febrero de 2021

SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PENSIONES Y ALGO MÁS…

Estimado lector ante todo te ofrezco una enorme disculpa por no haber publicado estas semanas. A mediados de diciembre fui presa de una emergencia médica el cual me mantuvo hospitalizado unas semanas y me mantiene en recuperación actualmente. Eso ha hecho que me atrasara no solo en publicar los articulo, también en responder los correos que amablemente me escriben, los cuales iré contestando.

Quiero aprovechar para agradecer a todo el personal de salud del hospital general de Irapuato que me atendió, de verdad que me sorprendí por el servicio tan profesional y tan dedicado de todas las áreas médicas, agradezco sus atenciones y la dedicación que vi plasmado en su trabajo, de verdad que me tocó vivir y experimentar el tener un servicio de salud en el estado muy bueno y con médicos enfermeros y enfermeras y trabajadores muy preparados y profesionales muchísimas gracias a todos.

Reforma

El miércoles 16 de diciembre, se publicó en el diario oficial de la federación las reformas a la ley de seguro social del 97. Estas reformas van enfocadas a fortalecer el sistema de pensión que prevalece actualmente, así como de generar una justicia social y económica más justa y equitativa hacia los trabajadores que cotizan bajo este régimen. ¿Qué implica esta reforma, en que nos beneficia o perjudica como trabajador?, ¿Realmente va resolver el problema de las pensiones en nuestro país?


¿Tiene alguna implicación hacia los trabajadores que cotizan bajo la ley 73?

Esta iniciativa va enfocada exclusivamente hacia los trabajadores ley 97 y trabajadores que cotizan con el modelo de afore. No considera ninguna variación hacia los trabajadores ley 73 como la manera como se les calcula la pensión, sus requisitos, tampoco tiene afectación con la cuantía de la pensión o en la contratación de la modalidad 40, muy posiblemente tenga una variación en la aportación de la modalidad a partir del próximo año pues empezara aumentar la aportación patronal en el ramo de retiro del trabajador. Tampoco afecta aquellos trabajadores que trabajen bajo un contrato colectivo, como universidades o trabajadores del estado de Guanajuato.


¿A quién afecta?

A trabajadores que empezaron a cotizar después de 1ro de julio del 97, o bien trabajadores que se apeguen a ese régimen, también aquellos trabajadores que coticen exclusivamente bajo el esquema de cuentas individuales.


¿En qué consiste la reforma?

Aumento de las aportaciones de retiro cesantía y vejez para el trabajador

Artículo 168. Aumenta la cuantía de las aportaciones de RCV de los trabajadores de 6.5% del salario cotizado a 15%, este aumento se hará de manera gradual iniciando el primero de enero del 2023 hasta el 2030. La carga del aumento paulatino de las aportaciones recaerá en el sector patronal y gobierno en su cuota social.


Disminución de las semanas cotizadas para tener derecho a una pensión

Artículo 170. Las semanas para tener derecho a una pensión con ley 97 disminuyen a 1000 semanas cotizadas, partiendo este año en 750 semanas y aumentando cada año 25 semanas hasta alcanzar las 1000 semanas cotizadas en el 2031

La cuantía de las pensión mínima garantizada podrá variar de $2,622 como mínimo a $8,241 como máximo dependiendo de la edad, el número de semanas cotizadas y el salario promedio que tenga el trabajador.


Disminución de las comisiones en las afore a estándares internacionales

Artículo 37 se tomara el promedio de comisiones que se cobra en estados unidos, cambia, chile para aplicarlo en México.

Lo aplaudible de la reforma

El negociar el costo del aumento de las aportaciones al sector empresarial, aunque se hizo de manera paulatina para no afectar la inflación. La flexibilidad de poder diversificar los recursos administrados por parte de la afore para buscar instrumentos de mayor rentabilidad. La disminución de comisiones por parte de la afore. La disminución de semanas cotizadas para tener derecho a una pensión aunque de entrada pudiera ser aplaudible y beneficiara un pequeño sector, tiene un porque y es por la alta actividad de informalidad que prevalece en nuestro país.

Lo que falto

No se crea ningún mecanismo para hacer frente a la informalidad, el cual representa el 60% de la actividad de nuestro país, no se generó ningún incentivo para convencer a ese sector de empezar a cotizar para una pensión y mudar de la informalidad a la formalidad.

Con esta reforma la pensión mínima garantizada no es equitativa. Quiere decir que una persona que tenga 65 años y cuente con 1250 semanas y cotizo con un salario promedio de 448 pesos (5 umas 2021) tendrá la misma pensión que una persona que tenga 65 años 2000 semanas y un salario promedio de 2000 pesos diarios.

Escríbeme tus dudas: sobrepensiones@gmail.com

Sígueme en Facebook: @GYAIRAPUATO

Visita: http://grupoaseguradorgya.com


Estimado lector ante todo te ofrezco una enorme disculpa por no haber publicado estas semanas. A mediados de diciembre fui presa de una emergencia médica el cual me mantuvo hospitalizado unas semanas y me mantiene en recuperación actualmente. Eso ha hecho que me atrasara no solo en publicar los articulo, también en responder los correos que amablemente me escriben, los cuales iré contestando.

Quiero aprovechar para agradecer a todo el personal de salud del hospital general de Irapuato que me atendió, de verdad que me sorprendí por el servicio tan profesional y tan dedicado de todas las áreas médicas, agradezco sus atenciones y la dedicación que vi plasmado en su trabajo, de verdad que me tocó vivir y experimentar el tener un servicio de salud en el estado muy bueno y con médicos enfermeros y enfermeras y trabajadores muy preparados y profesionales muchísimas gracias a todos.

Reforma

El miércoles 16 de diciembre, se publicó en el diario oficial de la federación las reformas a la ley de seguro social del 97. Estas reformas van enfocadas a fortalecer el sistema de pensión que prevalece actualmente, así como de generar una justicia social y económica más justa y equitativa hacia los trabajadores que cotizan bajo este régimen. ¿Qué implica esta reforma, en que nos beneficia o perjudica como trabajador?, ¿Realmente va resolver el problema de las pensiones en nuestro país?


¿Tiene alguna implicación hacia los trabajadores que cotizan bajo la ley 73?

Esta iniciativa va enfocada exclusivamente hacia los trabajadores ley 97 y trabajadores que cotizan con el modelo de afore. No considera ninguna variación hacia los trabajadores ley 73 como la manera como se les calcula la pensión, sus requisitos, tampoco tiene afectación con la cuantía de la pensión o en la contratación de la modalidad 40, muy posiblemente tenga una variación en la aportación de la modalidad a partir del próximo año pues empezara aumentar la aportación patronal en el ramo de retiro del trabajador. Tampoco afecta aquellos trabajadores que trabajen bajo un contrato colectivo, como universidades o trabajadores del estado de Guanajuato.


¿A quién afecta?

A trabajadores que empezaron a cotizar después de 1ro de julio del 97, o bien trabajadores que se apeguen a ese régimen, también aquellos trabajadores que coticen exclusivamente bajo el esquema de cuentas individuales.


¿En qué consiste la reforma?

Aumento de las aportaciones de retiro cesantía y vejez para el trabajador

Artículo 168. Aumenta la cuantía de las aportaciones de RCV de los trabajadores de 6.5% del salario cotizado a 15%, este aumento se hará de manera gradual iniciando el primero de enero del 2023 hasta el 2030. La carga del aumento paulatino de las aportaciones recaerá en el sector patronal y gobierno en su cuota social.


Disminución de las semanas cotizadas para tener derecho a una pensión

Artículo 170. Las semanas para tener derecho a una pensión con ley 97 disminuyen a 1000 semanas cotizadas, partiendo este año en 750 semanas y aumentando cada año 25 semanas hasta alcanzar las 1000 semanas cotizadas en el 2031

La cuantía de las pensión mínima garantizada podrá variar de $2,622 como mínimo a $8,241 como máximo dependiendo de la edad, el número de semanas cotizadas y el salario promedio que tenga el trabajador.


Disminución de las comisiones en las afore a estándares internacionales

Artículo 37 se tomara el promedio de comisiones que se cobra en estados unidos, cambia, chile para aplicarlo en México.

Lo aplaudible de la reforma

El negociar el costo del aumento de las aportaciones al sector empresarial, aunque se hizo de manera paulatina para no afectar la inflación. La flexibilidad de poder diversificar los recursos administrados por parte de la afore para buscar instrumentos de mayor rentabilidad. La disminución de comisiones por parte de la afore. La disminución de semanas cotizadas para tener derecho a una pensión aunque de entrada pudiera ser aplaudible y beneficiara un pequeño sector, tiene un porque y es por la alta actividad de informalidad que prevalece en nuestro país.

Lo que falto

No se crea ningún mecanismo para hacer frente a la informalidad, el cual representa el 60% de la actividad de nuestro país, no se generó ningún incentivo para convencer a ese sector de empezar a cotizar para una pensión y mudar de la informalidad a la formalidad.

Con esta reforma la pensión mínima garantizada no es equitativa. Quiere decir que una persona que tenga 65 años y cuente con 1250 semanas y cotizo con un salario promedio de 448 pesos (5 umas 2021) tendrá la misma pensión que una persona que tenga 65 años 2000 semanas y un salario promedio de 2000 pesos diarios.

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