/ martes 8 de marzo de 2022

SOBRE SEGURIDAD SOCIAL PENSIONES Y ALGO MÁS…

Ahorro voluntario

¿QUÉ ES EL AHORRO VOLUNTARIO?

Son aportaciones que realiza el trabajador o el patrón o ambos de manera voluntaria y que forman parte de la cuenta individual del trabajador. Tienen su fundamento legal en el artículo 192 de la ley del seguro social, el cual nos dice que los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual ya sea por conducto de su patrón o por sí mismo.


¿CUÁNTOS TIPOS DE AHORRO VOLUNTARIO EXISTEN?

Hay dos tipos de ahorro voluntario, las aportaciones voluntarias y las aportaciones complementarias de retiro.


¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ELLAS?

Las diferencias radican:

1. En el tiempo en que se puede disponer los recursos aportado.

2. Tiene que ver con la deducibilidad fiscal.

Las aportaciones voluntarias se pueden disponer de manera total o parcial cada 2 a 6 meses dependiendo del portafolio de inversión, además las aportaciones voluntarias no son deducibles de impuestos. Importante este tipo de ahorro causan impuesto sobre el rendimiento generado.

Los recursos provenientes de las aportaciones complementarias de retiro se podrán disponer hasta el momento en que el trabajador realice su trámite para una pensión. El trabajador podrá elegir sí los recursos formen parte del total de los recursos de su afore o bien que se les devuelva en una sola exhibición. Las aportaciones complementarias de retiro son deducibles de impuesto. Importante si no deseas que estos recursos causen impuestos tienen que disponerse hasta la edad de 65 año, si se dispone antes se graba el impuesto correspondiente de 20% del monto ahorrado.


¿CUÁNTO PUEDE DEDUCIR DE IMPUESTO LAS APORTACIONES COMPLEMENTARIAS DE RETIRO?

Se puede deducir hasta el 10% del total de los ingresos anualizados, teniendo un tope equivalente a 5 umas anualizadas al año, ($175,638 pesos). Con tal fin de hacerlo deducible, el trabajador debe solicitar una carta de sus aportaciones y con ella presentar su declaración anual. Esta deducción se puede hacer aun y siendo un trabajador asalariado.


¿DÓNDE PUEDO REALIZAR APORTACIONES VOLUNTARIAS?

Actualmente se pueden realizar aportaciones voluntarias desde aplicaciones móviles de la afore o consar, tiendas de conveniencia, tiendas departamentales y bancos. Importante el monto mínimo para realizar una aportación voluntaria es de 50 pesos. Para retirar esos recursos se debe realizar los trámites en la oficina de la afore, actualmente algunas permiten realizar el trámite de manera electrónica.


Escríbeme tus dudas: sobrepensiones@gmail.com


Ahorro voluntario

¿QUÉ ES EL AHORRO VOLUNTARIO?

Son aportaciones que realiza el trabajador o el patrón o ambos de manera voluntaria y que forman parte de la cuenta individual del trabajador. Tienen su fundamento legal en el artículo 192 de la ley del seguro social, el cual nos dice que los trabajadores tendrán en todo tiempo el derecho a realizar aportaciones voluntarias a su cuenta individual ya sea por conducto de su patrón o por sí mismo.


¿CUÁNTOS TIPOS DE AHORRO VOLUNTARIO EXISTEN?

Hay dos tipos de ahorro voluntario, las aportaciones voluntarias y las aportaciones complementarias de retiro.


¿CUÁL ES LA DIFERENCIA ENTRE ELLAS?

Las diferencias radican:

1. En el tiempo en que se puede disponer los recursos aportado.

2. Tiene que ver con la deducibilidad fiscal.

Las aportaciones voluntarias se pueden disponer de manera total o parcial cada 2 a 6 meses dependiendo del portafolio de inversión, además las aportaciones voluntarias no son deducibles de impuestos. Importante este tipo de ahorro causan impuesto sobre el rendimiento generado.

Los recursos provenientes de las aportaciones complementarias de retiro se podrán disponer hasta el momento en que el trabajador realice su trámite para una pensión. El trabajador podrá elegir sí los recursos formen parte del total de los recursos de su afore o bien que se les devuelva en una sola exhibición. Las aportaciones complementarias de retiro son deducibles de impuesto. Importante si no deseas que estos recursos causen impuestos tienen que disponerse hasta la edad de 65 año, si se dispone antes se graba el impuesto correspondiente de 20% del monto ahorrado.


¿CUÁNTO PUEDE DEDUCIR DE IMPUESTO LAS APORTACIONES COMPLEMENTARIAS DE RETIRO?

Se puede deducir hasta el 10% del total de los ingresos anualizados, teniendo un tope equivalente a 5 umas anualizadas al año, ($175,638 pesos). Con tal fin de hacerlo deducible, el trabajador debe solicitar una carta de sus aportaciones y con ella presentar su declaración anual. Esta deducción se puede hacer aun y siendo un trabajador asalariado.


¿DÓNDE PUEDO REALIZAR APORTACIONES VOLUNTARIAS?

Actualmente se pueden realizar aportaciones voluntarias desde aplicaciones móviles de la afore o consar, tiendas de conveniencia, tiendas departamentales y bancos. Importante el monto mínimo para realizar una aportación voluntaria es de 50 pesos. Para retirar esos recursos se debe realizar los trámites en la oficina de la afore, actualmente algunas permiten realizar el trámite de manera electrónica.


Escríbeme tus dudas: sobrepensiones@gmail.com