/ jueves 27 de febrero de 2020

Aprueba Pénjamo en reglamento municipal, sanciones para evitar la violencia en contra de la mujer

En Pénjamo, no más acoso a las mujeres en la vía pública

PÉNJAMO, Gto; El Ayuntamiento aprobó una modificación al reglamento de la Policía Municipal de Pénjamo para sancionar a toda aquella persona que agreda de manera verbal o física a las mujeres en las calles.

⬇️Da clic aquí⬇️

La comisión de Normatividad, que encabeza el regidor Alonso Luviano Ortiz, presentó esta propuesta, misma que se aprobó por unanimidad para reformar el reglamento para la Policía Municipal de Pénjamo, en su artículo 15 BIZ.

Esta iniciativa fue presentada en Sesión de Ayuntamiento para su aprobación y publicación en los medios oficiales para dar vigencia a la misma, que consiste en:

I.-Son Faltas o infracciones que atenten contra la integridad moral de las mujeres el expresarse hacia la mujer con palabras soeces o hacer señas, o gestos obscenos, insultantes o indecorosos en lugares públicos.

II.-Faltarle el respeto a la mujer en lugares públicos.

III.-Corregir a las mujeres en lugares públicos con escándalo o violencia, así como vejarla o maltratarla.

IV.-Faltarle el respeto a la mujer asistente a eventos o espectáculos, con agresiones físicas o verbales, por parte del propietario del establecimiento, de los organizadores, de sus trabajadores, de los artistas o deportistas.

V.-Obligar o regentear a la mujer para que practique la mendicidad o la prostitución.

VI.-Cualquier otra acción u omisión que afecte la integridad moral de la mujer.

PÉNJAMO, Gto; El Ayuntamiento aprobó una modificación al reglamento de la Policía Municipal de Pénjamo para sancionar a toda aquella persona que agreda de manera verbal o física a las mujeres en las calles.

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La comisión de Normatividad, que encabeza el regidor Alonso Luviano Ortiz, presentó esta propuesta, misma que se aprobó por unanimidad para reformar el reglamento para la Policía Municipal de Pénjamo, en su artículo 15 BIZ.

Esta iniciativa fue presentada en Sesión de Ayuntamiento para su aprobación y publicación en los medios oficiales para dar vigencia a la misma, que consiste en:

I.-Son Faltas o infracciones que atenten contra la integridad moral de las mujeres el expresarse hacia la mujer con palabras soeces o hacer señas, o gestos obscenos, insultantes o indecorosos en lugares públicos.

II.-Faltarle el respeto a la mujer en lugares públicos.

III.-Corregir a las mujeres en lugares públicos con escándalo o violencia, así como vejarla o maltratarla.

IV.-Faltarle el respeto a la mujer asistente a eventos o espectáculos, con agresiones físicas o verbales, por parte del propietario del establecimiento, de los organizadores, de sus trabajadores, de los artistas o deportistas.

V.-Obligar o regentear a la mujer para que practique la mendicidad o la prostitución.

VI.-Cualquier otra acción u omisión que afecte la integridad moral de la mujer.

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