/ martes 19 de julio de 2022

Leyes protegen más a delincuentes que a víctimas: Arredondo

El presidente del Colegio de Abogados de Irapuato dijo que es necesario modificar el Código Nacional de Procedimientos Penales

El presidente del Colegio de Abogados de Irapuato, Manuel Arredondo Zapién, dijo que es importante reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales para evitar que los victimarios que son detenidos sean puestos en libertad y que las víctimas se queden sin que se les haga justicia.

Derechos Humanos no deben proteger a delincuentes.

En entrevista, explicó que actualmente el Código Nacional de Procedimientos Penales dispone que el Ministerio Público sólo en casos de flagrancia podrá poner a disposición del juez de control al imputado, sin embargo, dijo que es necesaria una reforma para proteger a la víctima y que se ejerza todo el peso de la ley sobre el victimario.

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"Considero que el Código Nacional de Procedimientos Penales debe de ser de alguna manera modificado por los diputados, para adecuarlo a las necesidades ante la inseguridad que está viviendo la sociedad, porque el Código Penal no ha dado o no ha aportado lo que se presumió con la reforma del 2008, que en realidad vienen de las reformas que fueron construyendo desde la época del presidente Ernesto Zedillo".

Llamó a los legisladores federales a hacer reformas para adecuar el Código de Procedimientos Penales a las necesidades de la sociedad que ha sido aquejada por la inseguridad en los últimos años, pues pareciera que actualmente se da mayor protección al victimario que a la víctima.

No deben evadir a la justicia los victimarios.

Añadió hace 11 años se hizo una reforma al Artículo Primero Constitucional, en el cual en el párrafo tercero se establece que toda autoridad en el ámbito de su competencia debe de proteger y cuidar los derechos humanos de las personas; sin embargo, esto benefició a los victimarios, ya que también son considerados personas susceptibles de aplicarles los derechos humanos.

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"El 10 de junio del 2011, donde prevalecen los Derechos Humanos y se reforma el Artículo Primero Constitucional y dice el párrafo tercero que toda autoridad en el ámbito de su competencia debe de proteger y cuidar los derechos humanos de las personas, pero resulta que el victimario también es persona y es susceptible de aplicarle los derechos humanos y se nos olvidaron como siempre las víctimas, al grado que tuvieron que hacer después de tres años de la reforma la Ley General de Víctimas que se aplica en todos los procedimientos del orden penal".

El presidente del Colegio de Abogados de Irapuato, Manuel Arredondo Zapién, dijo que es importante reformar el Código Nacional de Procedimientos Penales para evitar que los victimarios que son detenidos sean puestos en libertad y que las víctimas se queden sin que se les haga justicia.

Derechos Humanos no deben proteger a delincuentes.

En entrevista, explicó que actualmente el Código Nacional de Procedimientos Penales dispone que el Ministerio Público sólo en casos de flagrancia podrá poner a disposición del juez de control al imputado, sin embargo, dijo que es necesaria una reforma para proteger a la víctima y que se ejerza todo el peso de la ley sobre el victimario.

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"Considero que el Código Nacional de Procedimientos Penales debe de ser de alguna manera modificado por los diputados, para adecuarlo a las necesidades ante la inseguridad que está viviendo la sociedad, porque el Código Penal no ha dado o no ha aportado lo que se presumió con la reforma del 2008, que en realidad vienen de las reformas que fueron construyendo desde la época del presidente Ernesto Zedillo".

Llamó a los legisladores federales a hacer reformas para adecuar el Código de Procedimientos Penales a las necesidades de la sociedad que ha sido aquejada por la inseguridad en los últimos años, pues pareciera que actualmente se da mayor protección al victimario que a la víctima.

No deben evadir a la justicia los victimarios.

Añadió hace 11 años se hizo una reforma al Artículo Primero Constitucional, en el cual en el párrafo tercero se establece que toda autoridad en el ámbito de su competencia debe de proteger y cuidar los derechos humanos de las personas; sin embargo, esto benefició a los victimarios, ya que también son considerados personas susceptibles de aplicarles los derechos humanos.

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"El 10 de junio del 2011, donde prevalecen los Derechos Humanos y se reforma el Artículo Primero Constitucional y dice el párrafo tercero que toda autoridad en el ámbito de su competencia debe de proteger y cuidar los derechos humanos de las personas, pero resulta que el victimario también es persona y es susceptible de aplicarle los derechos humanos y se nos olvidaron como siempre las víctimas, al grado que tuvieron que hacer después de tres años de la reforma la Ley General de Víctimas que se aplica en todos los procedimientos del orden penal".

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