Guanajuato, Gto.- La presidenta de la Comisión de Justicia del Congreso de Guanajuato, Cristina Márquez Alcalá, informó que trabajarán en la iniciativa de reforma al Código Penal del estado para que los homicidios dolosos o lesiones a menores de 15 años sean calificados.
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Dijo que el análisis que se hará es justamente para determinar si la edad que se propuso es la correcta, pues en otros instrumentos legales se marcan otras edades y se deberá precisar.
Agregó que este acuerdo se toma después de que los integrantes de la propia comisión acordaran que es importante definir la edad, modificando así la iniciativa original.
“Efectivamente sufre modificaciones la propuesta original de la iniciativa para quedar como calificativa los delitos de homicidio y lesiones cuando sea cometido por una persona menor de edad, hice propuesta que sea de 15 años, por el desarrollo progresivo de los niños y jóvenes”.
Sin embargo, la legisladora aclaró que para precisar si es la edad adecuada, se hará un análisis para corroborarlo, pues dijo que la realidad de Guanajuato es diferente a la de otros estados, por lo que no se puede replicar la normativa de otro lado de la misma forma.
“Retomamos uno de los ejemplos de los estados de Colima o Aguascalientes, después de revisar varios códigos penales, pero hay que revisar aquí y dar sustento jurídico, con elementos y datos específicos, que permitan arribar a la decisión de la edad que se incorpore en la fracción para que se considere calificado los homicidios y lesiones”.
Recordó que, el artículo 39 del Código Penal del estado marca un tope máximo en cuanto a las penas que se puede dar en una sentencia, por lo que no se podrá rebasar ese supuesto.
“Hay que atender la proporcionalidad cuando se toca la punibilidad y ver que no se desfase y sea acorde a lo que queremos regular, que es tener mayor severidad cuando un homicidio doloso es contra un niño, niña o adolescente”.
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Finalmente, Cristina Márquez puntualizó que en esta iniciativa no se menciona nada respecto a si el homicidio o lesión se comete por una persona con relación sanguínea, es decir, pariente, pues en la ley ya se regula esa parte que es por razón de parentesco.